El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene el agrado de presentar la presente publicación realizada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el cual destaca el aporte de las mujeres en el ámbito del trabajo doméstico.
Se trata de una reivindicación de carácter histórico. El preámbulo de la Convención Internacional contra todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), tratado internacional vigente desde 1979, propone visibilizar el aporte de la mujer al bienestar de la familia y al desarrollo de la sociedad. El Comité de Seguimiento de este tratado, Comité CEDAW, ha destacado desde su Recomendación General N° 17 de 1991 la necesidad de promover la medición y cuantificación del trabajo doméstico no remunerado de la mujer (TDNR) y su reconocimiento dentro del producto nacional bruto. En 1995 la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en la que se aprobó la Plataforma de Beijing, planteó que se mejore estadísticamente la obtención de datos sobre toda la contribución de las mujeres y los hombres a la economía mediante la elaboración de métodos para evaluar cuantitativamente el valor del TDNR expresado en el cuidado a los familiares a cargo sean niños y niñas, personas adultas mayores y personas enfermas, así como en la preparación de alimentos; esto con el objetivo de reconocer la contribución económica de las mujeres y evidenciar la desigualdad en la distribución del Trabajo Remunerado y el TDNR entre los sexos. Por su parte, las Conferencias Regionales de la Mujer realizadas en Quito (2007), Brasilia (2010) y Santo Domingo (2013) invocaron a los Estados parte a promover estudios referidos a la Cuenta Satélite del TDNR.
El MIMP en alianza estratégica con el INEI sumó esfuerzos para impulsar la Primera Encuesta Nacional de Uso del Tiempo (ENUT) en el 2010. Luego, en 2011, el Congreso de la República emitió la Ley N° 29700 sobre el Trabajo no Remunerado en las Cuentas Nacionales, con especial énfasis en el trabajo doméstico no remunerado. En 2014 el Poder Ejecutivo, a través del Decreto Supremo N° 056-2014-PCM, aprobó el Reglamento de la ley con la finalidad de fijar los lineamientos, definiciones y plazos para la medición de la Cuenta Satélite del TDNR en base a los resultados de la ENUT como fuente de información. Como fruto de este trabajo previo, desde este año contamos con la cuantificación del valor generado por el trabajo no remunerado de mujeres y hombres en el hogar, en la producción de servicios domésticos. Esta cifra describe además el volumen y valor monetario que realizan las mujeres y los hombres del país para su propio consumo. El cálculo realizado muestra que el valor del tiempo dedicado al TDNR ascendió a 84 mil 964 millones de soles, que significa el 20,4% del Producto Bruto Interno (PBI) del año 2010. De ese total el 6,3% fue generado por los hombres y el 14,1% por las mujeres, según las funciones principales realizadas por quienes integran los hogares.
El estudio que el MIMP y el INEI presentan a la sociedad peruana no es solo un ejercicio estadístico que perfecciona el sistema oficial de información visibilizando la contribución económica de las mujeres. También, aporta evidencia para formular políticas económicas y sociales para la protección en prestaciones de educación, salud y previsionales para las mujeres acordes con su aporte a la economía nacional.
Como Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables agradezco públicamente al INEI el esfuerzo realizado, el que tendrá un importante impacto en favor de la igualdad de género y, particularmente, para el fortalecimiento de los derechos económicos de las mujeres.
Lima, junio de 2016
Mg. Marcela Huaita Alegre
Ministra
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables